La ley 1/2019 del 5 de febrero, que modificó la LOTUP (Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana) beneficia a los propietarios de casas rústicas o de aperos que se hallan en situación de ilegalidad.
Requisitos que debes cumplir para poder legalizar tu vivienda
- Vivienda Aislada o que no se encuentra en una zona de densidad igual o mayor a 3 residencias por hectárea.
- Su uso es Residencial
- Has sido construida antes del 20/08/2014
- No tiene sentencia judicial firme de derribo.
Si cumples con los requisitos. ¡Puedes legalizar tu casa!
Beneficios de legalizar tu vivienda rústica
- Podrás realizar obras de rehabilitación y reformas
- Revalorización de la vivienda: incrementa su valor al legalizarla
- Podrás Vender, alquilar o Hipotecar la vivienda
- Acceso a todos los derechos de una vivienda legal (el suelo seguirá siendo rústico, no urbanizable, pero la vivienda será legalizada) Contratar suministros de agua, luz, teléfono, internet
- Evitar su derribo: Si tienes licencia de obras para almacén o caseta de aperos y maquinaria agrícola, pero la usas como casa o residencia, debes iniciar la legalización de la misma en un plazo máximo de 4 años, transcurrido el cuál, se podría derribar.
Cómo conseguir la licencia de ocupación de la vivienda
Para conseguir legalizar tu vivienda rústica hay que completar un proceso de 3 fases.
Primera Fase. Solicitar la Declaración Individualizada de Minimización de Impacto Territorial redactada por el técnico competente.
Hay que adjuntar documentación acreditativa sobre la imposibilidad de incluir la vivienda en el Plan Especial PEMIT (Plan Especial de Minimización de Impacto Territorial). Los PEMIT son planes para agrupaciones de viviendas, con una densidad igual o superior a 3 viviendas por hectárea.
Será el Pleno del Ayuntamiento quien decida sobre la situación individualizada de impacto territorial.
Segunda Fase. Presentar la documentación para legalizar tu vivienda en suelo no urbanizable.
Tras haber conseguido la declaración de situación individualizada de minimización de impacto ambiental, deberás presentar:
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Estudio acerca de las afecciones ambientales y los medios previstos para su minimización.
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Análisis sobre integración paisajística.
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Plan básico que presente una descripción actualizada de la construcción, y si procede, de las obras necesarias para la mitigación del impacto ambiental.
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Proyecto básico, donde se describa la situación actual de la edificación y las obras que resulten necesarias para el cumplimiento de las obligaciones, entre ellos:
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Accesos y caminos; tener unos accesos mínimos a la vivienda que puedan permitir el paso a servicios de emergencia.
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Saneamiento: depuradora de oxidación total, no se admite salvo excepciones, la fosa séptica.
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Sistema de recogida de residuos.
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Abastecimiento básico de agua potable o acreditación de potabilidad de pozo.
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Suministro eléctrico, de ser posible, placas solares.
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Otros elementos como acabados, instalaciones, vegetación, etc.
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Medida mitigación de Inundaciones, si existe riesgo de ello.
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Medida Prevención de Incendios, si estamos en el ámbito de una zona forestal.
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Tercera Fase. Realizar Las obras necesarias para la mitigación del impacto ambiental.
Las obras deberían producirse dentro de un plazo de 4 años como límite para obtener la legalización de la vivienda, chalet o casa de aperos.
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